Con la proliferación de los coches eléctricos, se ha producido un aumento del número de plazas reservadas para vehículos eléctricos.

Seguro que te has planteado en más de una ocasión, ¿Puedo estacionar mi vehículo en estas plazas?

La respuesta es no, según la Ley de Tráfico, estacionar un vehículo en una plaza reservada a un coche eléctrico es considerado una falta grave, conforme a lo impuesto por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de30 octubre .

Cualquier vehículo tanto los  de combustión, como los  electrificados, estacionado en un punto de recarga de coche eléctrico que no esté enchufado a la red, podrá ser sancionado con una multa de hasta 200 Euros, ya que este gesto se considera una infracción grave. recogido en la Guía de Infracciones de la DGT, artículo 195 

Por lo tanto no solo afecta a los coches de combustión, sino también a los vehículos eléctricos, el motivo, estos aparcamientos no son plazas reservadas, sino puntos de carga que solo pueden ocuparse si se va a cargar el vehículo.

Las plazas de aparcamiento destinadas para vehículos eléctricos están asociadas a un punto de recarga. Normalmente señalizadas mediante un pictograma con un coche cargando la batería. Junto al cargador informan al usuario sobre el tiempo máximo que pueden permanecer allí.

Recientemente la DGT ha dado a conocer, las nuevas señales exclusivas para los vehículos eléctricos.

Debido al aumento de los coches eléctricos, era una necesidad para mejorar la identificación de los cargadores para coches eléctricos, con el fin de facilitar y agilizar la parada de los conductores durante su trayecto.

Las encontraremos tanto en carretera como en zonas urbanas, su instalación se irá realizando según se lleven a cabo labores de conservación en las carreteras en las que estas infraestructuras estén situadas.

 

Por lo tanto, aunque seas propietario de un vehículo eléctrico, no puedes estacionar en plazas destinadas para la carga de vehículo eléctrico, solo podrás hacerlo si el coche está enchufado cargando, por lo general tiene un tiempo determinado de uso, comprendido entre una a tres horas. De ignorarlo, nos exponemos a una sanción.